Silvia L. Trujillo /laCuerda

“… Llegaba a la casa a ver si mi mamá se iba al monte con mi papá…cuando llegaba yo estaba sola…me dijo que me bajara el pantalón … y mi tío me puso una cosa ahí (se señala el área perineal y la entrepierna) no sé qué me puso, no sé cómo se llama”. Así relata KM*, una mujer con discapacidad física y mental, cómo fue violada en reiteradas oportunidades por su tío paterno de 61 años, cuando ella tenía 17. 

KM nació con microcefalia, una malformación neonatal que puede causar problemas en el desarrollo de la persona cuando se acompaña de un escaso crecimiento del cerebro, y con pie equino varo bilateral, una deformidad congénita del pie que puede dificultar considerablemente la movilidad en la niñez y conducir a una situación de discapacidad grave en la vida adulta. Por eso durante su infancia la sometieron a varias operaciones en sus pies, pero no lograron corregir el problema, razón por la cual no puede caminar sin ayuda de su mamá.

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Fruto de las violaciones, KM quedó embarazada, aunque ella no sabía lo que eso significaba. Fue su mamá la que notó que su menstruación no llegaba. Cuando la llevó a una clínica para su revisión el embarazo era de 14 semanas.

Debido a su condición física y psiconeurológica, previa evaluación médica donde quedó claramente establecido que el suyo era un embarazo de alto riesgo, su mamá solicitó inmediatamente a un juez la posibilidad de practicarle un aborto terapéutico.

El aborto terapéutico está contemplado en la ley guatemalteca en el Artículo 137 del Código Penal, donde se establece que “no es punible el aborto practicado por un médico, con el consentimiento de la mujer, previo diagnóstico favorable de por lo menos otro médico, si se realizó sin la intención de procurar directamente la muerte del producto de la concepción y con el solo fin de evitar un peligro, debidamente establecido para la vida de la madre, después de agotados todos los medios científicos y técnicos”.

Pero, según relataron las profesionales que asisten legalmente a KM, el personal médico y el juez que atendió la petición dijeron que no. No priorizaron la vida y la salud de ella. Tomaron la decisión en lugar de KM y la obligaron a seguir adelante con un embarazo forzado fruto de una violación sexual y, luego, con una maternidad que no pidió y, por supuesto, que no puede sostener. Tampoco le pidieron autorización para esterilizarla al momento del parto, extremo que fue confirmado posteriormente según su historia clínica. 

A ella nadie le pidió permiso. Le vulneraron su derecho a la vida, al aborto terapéutico y el derecho a decidir.  Pero, además, en el marco de las violencias estructurales que ella vivió, vulneraron su posibilidad de usar recursos que le hubieran permitido la satisfacción de las necesidades humanas básicas ya que, en la actualidad, la pobreza se les volvió más grave porque ahora hay una boca más para alimentar y en el área rural donde viven no hay trabajo ni tierra para cultivar. 

*Nombre Ficticio