La salud es uno de los derechos fundamentales porque de éste dependen la vida plena y digna. Está garantizado en la Constitución Política de la República de Guatemala, el código de salud, tratados y convenios internacionales.

La obligatoriedad del Estado de proveer salud a toda la población se expresa en los artículos 93, 94 y 95 de la Constitución Política.

Análisis de contexto sobre el derecho a la salud en Guatemala, realizado con diferentes actores del departamento de Chimaltenango, en el Seminario Nacional e Internacional: pasado, presente y futuro de la salud comunitaria hacia el Buen Vivir.

Por su carácter integral, la salud debe ser incluyente, gratuita y equitativa, sin hacer distinción por nivel socioeconómico, credo, origen étnico, género, preferencias u opciones libremente elegidas por las personas o sus condiciones objetivas de vida.

En 1947 la Organización Mundial de la Salud (OMS) elaboró el concepto que afirma que la salud es “un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”1.

A esta definición, proponemos agregar que la salud debe contemplar el ser y, por lo tanto, debe relacionarse con la espiritualidad, la cultura, la convivencia y no puede limitarse. La salud debe vincularse a todos los ámbitos de la vida: la persona misma (el ser), la familia (cualquiera que sea su forma), la escuela, el lugar de trabajo, la comunidad, el municipio, el país… Al reconocer a todos los seres vivos coexistentes como parte del universo, la salud de la Madre Tierra y su relación con el universo es de vital importancia, principio fundamental en la cosmovisión de los pueblos originarios.

Dramatización sobre labor de las abuelas comadronas en las comunidades de Chimaltenango, presentada en el Seminario Nacional e Internacional: pasado, presente y futuro de la salud comunitaria hacia el Buen Vivir.

Comprender que la salud no es sólo la ausencia de enfermedades, implica considerar “la condición de desarrollo humano que cada individuo debe cuidar y conservar”, por lo que los gobiernos están en la obligación de crear las condiciones para que sea posible ese cuidado y conservación.

El Estado debe ser garante del derecho a la salud de la población, las instituciones responsables tienen la obligación de brindar acceso a servicios de recuperación y rehabilitación de la salud. En este sentido, el Estado tendría que procurar:

1. Una política nacional de salud que indique los objetivos prioritarios para que la población goce, sin discriminación de este derecho.

2. Las condiciones que garanticen a todas las personas, en el territorio, un plan de prevención y promoción de la salud, asistencia médica y servicios necesarios en caso de enfermedad física y mental.

3. Que el personal de salud pública cuente con las calidades humanas, éticas, educación, asi como la formación técnica y experiencia necesarias.

4. Un ambiente sano y la soberanía alimentaria de los pueblos.

Gozar del derecho a la salud es una condición esencial para el desarrollo del ser humano, de la familia, la comunidad y el país. Garantizar el derecho a la vida pasa por refrendar el derecho a la salud integral, por ello hay que exigir y luchar para tener salud.

Presentación de resultados de la jornada de observancia comunitaria para la identificación de las prácticas de salud en Chimaltenango.

 

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1. https://bit.ly/2O2ghqv