Estas dos piezas forman parte de los textos elaborados por periodistas y comunicadoras que participaron en el diplomado “Abordaje transformador en coberturas de femicidio y violencias contra las mujeres”, impulsado por La Cuerda, en época de pandemia, en el marco del proyecto “Comunicación feminista y construcción de nuevas relaciones sociales para la vida sin violencias en Ciudad de Guatemala y Chinautla, Guatemala”,  con el apoyo de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y la asociación Paz con Dignidad.

Mujeres doblemente afectadas en tiempos de pandemia: irresponsabilidad paternal se suma al problema

Telvia Blanco / Participante del diplomado “Abordaje transformador en coberturas de femicidio y violencias contra las mujeres”, impulsado por La Cuerda con el apoyo de Paz con Dignidad y la Agencia Vasca de Cooperación.

Para las víctimas de violencia machista resulta una odisea salir del ciclo, lo más complejo en un principio es reconocerlo, ponerle nombre y apellido; tal es el caso de Luisa -a quien nombraremos así por su privacidad-, sobreviviente de violencia machista en el plano psicológico, emocional y físico; pero no fue sino hasta después de la separación y gracias a los grupos de apoyo de mujeres, que se dio cuenta que durante la convivencia en pareja también sufrió violencia en su manifestación económica. “Solo me daba 20 quetzales diarios para la comida de nosotros cuatro (refiriéndose a sus tres hijos de 1, 6 y 8 años y a ella) tampoco nos compraba ropa y siempre me alegaba cuando le pedía para otras cosas que necesitaba en la casa”, nos relata esta madre de 25 años.

Luisa comenta que desde el inicio de la cuarentena, su excónyuge no le ha dado el dinero de la pensión alimenticia, aduciendo pérdida de empleo, pero ella señala que él aún lo conserva, por lo que asume que está usando de escudo la crisis sanitaria para evadir sus responsabilidades. Al pasar los meses sin recibir la manutención, decidió ir al juzgado de familia; pero las autoridades no la pudieron atender ni dar seguimiento a su caso por el problema generado por el coronavirus.

¿Qué dice el código de familia?

Al darse una separación, ambos tienen responsabilidad económica con las y los hijos, exceptuando algunos casos como, por ejemplo, cuando la mujer no trabaja fuera de la casa por asumir a tiempo completo el cuidado de las y los niños, en este sentido el padre corre con los gastos de su exesposa hasta que se case nuevamente, y de sus hijos, hasta que cumplan la mayoría de edad; y debe cubrir: techo, alimentos, salud, educación, vestimenta y recreación; ya sea de forma monetaria o proporcionar los productos o servicios que requieran.

Se hace urgente desterrar del imaginario colectivo la falsa idea de que la pensión es una limosna; no, no es caridad, es un deber establecido en la ley. En ocasiones las mujeres terminan desistiendo de los procesos y asumen la totalidad de la responsabilidad, por malas experiencias con el sistema o retardaciones en los procesos, algunos duran hasta dos años para la resolución.

MP reporta 3,675 delitos de violencia económica hacia las mujeres de enero 2019 a mayo 2020.

Violencia económica aumenta y reporte de denuncias bajan

En 2020 ha habido una baja significativa de denuncias, de acuerdo con las medidas institucionales. Según la unidad de información del Ministerio Público (MP), en 2019 contabilizó 3 mil 082 casos de mujeres agraviadas por delitos relacionados con violencia económica, y 593 de enero a mayo 2020, entre los delitos contemplados están: negación de asistencia económica, violencia económica, incumplimiento de deberes de asistencia y negación de asistencia económica agraviada.

Los procesos del MP en estos meses de cuarentena se están llevando sobre la línea del acuerdo 15-2020 emitido por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el tratamiento según el compendio sobre la atención Victimológica: se ha reiterado la utilización del botón de pánico 1572, para que no se apersonen al MP. Los plazos fijados anteriormente a la cuarentena, según artículo 50 de la Ley del Organismo Judicial, tienen impedimento para realizarse y se suscitaran posteriormente, según reprogramación de la agenda de los jueces; tampoco se está citando a nadie a la Fiscalía de la Mujer para declaraciones ya que se evita el mínimo contacto con las personas.

Incumplimiento de pensión es solo una de las aristas

Quitarle el sueldo o parte de él, apropiarse u obligar a que renuncie a bienes heredados, esconder DPI o pasaporte, destruir herramientas de trabajo, chantajear económicamente para tener encuentros íntimos, son algunas de las formas en las que se manifiesta la violencia económica, descritas en el Artículo 8 decreto 22-2008 Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, más precisamente establece las siguientes conductas:

• Menoscabe, limite o restrinja la libre disposición de sus bienes o derechos patrimoniales o laborales.

• Obligue a la mujer a suscribir documentos que afecten, limiten, restrinjan su patrimonio o lo pongan en riesgo; o que lo eximan de responsabilidad económica, penal, civil o de cualquier otra naturaleza.

• Destruya u oculte documentos justificativos de dominio o de identificación personal, o bienes, objetos personales, instrumentos de trabajo que le sean indispensables para ejecutar sus actividades habituales.

• Someta la voluntad de la mujer por medio del abuso económico al no cubrir las necesidades básicas de ésta y la de sus hijas e hijos.

• Ejerza violencia psicológica, sexual o física sobre la mujer, con el fin de controlar los ingresos o el flujo de recursos monetarios que ingresan al hogar

Según la ley, la persona responsable de estos delitos será sancionada con prisión de cinco a ocho años, sin perjuicio de que los hechos constituyan otros delitos estipulados en leyes ordinarias.

Ante cualquier hecho de violencia, primero se presenta la denuncia ante el MP por medio de su Modelo de Atención Integral (MAI) o a la Policía Nacional Civil, también puede iniciarse un proceso penal proveniente de la certificación de lo conducente de un juzgado civil o laboral.

Otros receptores de denuncia o entidades a las que se puede recurrir son: Procuraduría General de la Nación, bufetes populares, Modelo de Atención del Organismo Judicial, Sistema de Atención Integral, Alerta Isabel-Claudina, botón de pánico 1572, derivación de organizaciones que trabajan violencia contra las mujeres como: GGM, CICAM, MTM, Fundación Sobrevivientes entre otras.

¡SEPREM se queda!

Lisbeth Gutiérrez y Andina Ayala / Participantes del diplomado “Abordaje transformador en coberturas de femicidio y violencias contra las mujeres”, impulsado por La Cuerda con el apoyo de Paz con Dignidad y la Agencia Vasca de Cooperación.

La sola mención, de un “cierre” de la Secretaría Presidencial de la Mujer (SEPREM), es un acto de violencia y una amenaza fuerte en contra de los derechos de las mujeres. El 29 de mayo de 2020, el presidente Alejandro Giammattei, anunció que cerraría SEPREM, según dijo, esta instancia es inconstitucional.

El debate legal lo tiene perdido, así lo afirma Ana Leticia Aguilar, secretaria presidencial en el periodo 2016-2018 “tanto los amparos y los amicus curiae, legalmente desmontan el argumento de que la SEPREM es ilegal. Las mujeres no estamos a salvo, hay que tenerlo claro, cuando hay crisis de gobernabilidad son nuestras instituciones, las primeras en mutilarse y esta es una discusión política”.

La SEPREM “se consolida en el año 2000, pero es producto de una demanda anterior de las organizaciones de mujeres para que existiese una institucionalidad en el ámbito de las políticas públicas”, explicó en entrevista telefónica Lily Caravantes, la primera en asumir la dirección de dicha instancia.

SEPREM es el órgano del más alto nivel e incidencia para la elaboración y cumplimiento de políticas públicas en todos los espacios de gobierno, en favor de las mujeres. Desaparecerla es dejar un vacío y mutilar los derechos del 51 por ciento de la población guatemalteca.

Violencia multicausal y atención interinstitucional

El mecanismo de coordinación de SEPREM establece la relación con la Coordinadora Nacional de Prevención y Erradicación de Violencia Intrafamiliar y Violencia Contra la Mujer (CONAPREVI), creada en el año 2000, con el propósito de cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado de Guatemala en la convención Belém do Pará. En el contexto nacional, CONAPREVI, es responsable de la coordinación interinstitucional, de monitorear y dar seguimiento a la Ley para Prevenir, Erradicar y Sancionar la Violencia Intrafamiliar (VIF) y la Ley del Femicidio y otras Formas de Violencia.

Sin embargo, los últimos tres gobiernos han atentado y amenazado con destruir los avances logrados durante 30 años en la reivindicación de derechos de las mujeres. En el 2012, con la llegada del expresidente Otto Pérez Molina al gobierno, se debilitó el trabajo de CONAPREVI y ocasionó el cese de funciones entre 2013 y 2015.

Según Ana Leticia Aguilar, con esta acción “el expresidente vulneró los derechos de la mujer, la desmontó y la destruyó completamente… y el gran Consejo Nacional, con muchas miradas, perspectivas y aristas, murió”.

Por otro lado, Sonia Acabal, feminista y defensora de derechos humanos, indica que, una de las debilidades ha sido no asignar los recursos suficientes para su funcionamiento. Aunque no es un ente ejecutor, requiere presupuesto para contratar asesoría de calidad que, oriente y facilite la toma de decisión en la implementación de propuestas, para atender la problemática de violencia contra las mujeres.

Acabal, también manifestó su preocupación por la “fragilidad institucional” y la “debilidad en que está SEPREM”, por lo que afirmó: “menos de SEPREM no queremos… una comisión presidencial no la queremos… lo ideal para nosotras es agregarle el perfil y elevarla a Ministerio de la Mujer, porque tiene competencias diferentes y en primera instancia es implementar política pública” concluyó al ser consultada vía telefónica.

Violencia contra las mujeres

Según el Observatorio de la Mujer del Ministerio Público, solo en 2020 los delitos de violencia contra la mujer, en sus distintas manifestaciones, representan el 72 por ciento de las denuncias más recurrentes, con 27 mil 394 víctimas registradas. El número de femicidios hasta julio es de 219, en promedio hasta ese mes, diariamente fueron asesinadas dos mujeres.

La visibilidad de estos datos es producto de políticas implementadas a favor de las mujeres, en las que han participado SEPREM y CONAPREVI, la acción de estas instituciones es supra estructural pero se refleja en lo concreto en los avances, en el tema de violencia ha sido alcanzar la justicia de los casos relacionados y con ello, incidir para que este índice disminuya.

Vulnerar una institución como SEPREM nos recuerda las palabras de Rita Segato, antropóloga feminista: “Ahora es cuando nuestro movimiento dice: uno de los antagonistas centrales en nuestro camino es la justicia”.

El posible cierre de SEPREM puede significar un duro golpe, no solo para las mujeres guatemaltecas, sino para la sociedad de un país que apenas aprende sobre equidad de género y también para toda América Latina. Una vez más, los derechos de las mujeres dependen de un gobierno de turno que sin conocer la lucha y la historia, atenta contra los pocos avances obtenidos en los últimos 30 años.