En el primer día de vigencia de la Ley de ONG, alrededor de 20 policías resguardaban la entrada de la Corte de Constitucionalidad. No hubo ninguna manifestación, solo una nueva acción legal para intentar frenarla.

Francelia Solano / laCuerda

Este lunes 21 de abril cobró vigencia la reforma a la ley de ONGs, el decreto 4-2020. En su primer día el gobierno manda un mensaje claro: esta es una ley de control.

Wendy López, asesora jurídica del Bufete para Pueblos Indígenas, cuenta que al llegar a la Corte de Constitucionalidad para presentar la acción de inconstitucionalidad general parcial contra la ley de ONG, “los policías se acercaron a pedir que ´estuviéramos tranquilos, que por favor no nos manifestemos´. Dentro de la mente de ellos ya estamos atentando contra el orden público”.

Pero ¿qué implica “atentar contra el orden público”?

Uno de los cambios más polémicos de esta reforma es que en un solo artículo da paso a la criminalización de dirigentes y el cierre de organizaciones. Esto, porque según su artículo 15, si una ONG utiliza los fondos que recibió de sus donantes “para alterar el orden público” será cancelada inmediatamente.

Sin embargo esa frase, “alterar el orden público”, podría ser interpretada de muchas maneras desde incomodar al gobierno, manifestar, fiscalizar, informar hasta difundir información. “Yo creo que el estado quiere organizaciones que no digan nada”, dice Milvian Aspuac de la Asamblea Social y Popular, una de las más de 10 organizaciones que presentaron esta acción.

Según la abogada Wendy López “el control jamás ha estado determinado en la Constitución y esa palabra ya viene a contraponerse a los intereses constitucionales”. Explica que el gobierno pretende asumir funciones que no le competen. Es por esto que presentan la acción de inconstitucionalidad con la que esperan frenar las reformas.

Gabriela Dávila, directora ejecutiva de Asociación Gente Positiva, otra de las organizaciones firmantes, señala que esta no es una ley de fiscalización, sino una ley que busca facilitar cierres arbitrarios de organizaciones que resulten incómodas al poder.

Dávila aseguró que no hay miedo a la fiscalización: “ya estamos inscritos en la SAT y tenemos auditorías nacionales e internacionales”.

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¿Cuál es el panorama ante la posible disolución de las ONG?

Algunas ONG han estado supliendo el papel del gobierno en muchas áreas. Un ejemplo de esto es que en un sistema de salud colapsado y sin institucionalidad, las ONG proveen este servicio. Entre ellas pueden mencionarse la Unidad Nacional de Oncología Pediátrica (UNOP), Unidad Nacional de Oftalmología (UNO), Unidad Nacional de Atención al Enfermo Renal Crónico (UNAERC) y el Instituto Nacional de Cancerología (INCAN).

En junio del año pasado, estas ONG que prestan servicios pidieron que les fueran trasladados los fondos estipulados en el Presupuesto General de la Nación, ya que a mitad del año no habían recibido ni el 20% de estos fondos.

Hoy, exigir estos fondos o manifestarse para recibirlos podría ser considerado como “alterar el orden público”.

“En la mayoría de comunidades las organizaciones sociales están más cerca y desarrollan el trabajo” señala Milvia Aspuac. Por ello asegura que “la aprobación de esta ley atenta contra las organizaciones en las diversas comunidades donde existimos para desarrollar el trabajo que el Estado debería hacer y no hace”.

Dávila muestra su preocupación por los temas que llegarán a ser desatendidos si se dan los cierres arbitrarios. “Las oenegés le han sacado el trabajo al Estado de Guatemala durante más de 25 años. Si las cierra ¿qué va a pasar con los niños, niñas, adolescentes, la diversidad sexual, personas indígenas, gente con VIH y con la tierra, el agua y el territorio?”.